Junto con todo lo anterior, en el artículo 5.seven del Reglamento Standard de Conductores también se permite que las personas que tengan el carnet B (el de coche) en vigor y más de tres años de experiencia puedan conducir motos de la clase A1. Gestión de Centros y Cursos Contenido https://friedrichk766kns1.bloggadores.com/profile