“Artículo 13. Es deber del abogado guardar los secretos y confidencias de su cliente. Este debe perdurar aún después de la terminación de los servicios y se extiende a los empleados del abogado y ni éste ni aquellos podrán ser forzados a revelar tales confidencias, salvo que Habilidades comunicativas: https://cristianuutqb.thenerdsblog.com/34320919/abogado-penalista-can-be-fun-for-anyone